Resumen del Artículo 61 quater

Artículo 61 quater del Ley 7/2009, de 22 de diciembre, de Servicios Sociales de La Rioja. (codigo) — quater. Objeto de los conciertos sociales. Podrán ser objeto de concierto social: 1. La reserva y la ocupación de plazas para uso exclusivo de las personas usuarias de servicios sociales, cuyo acceso sea reconocido por el órgano competente, de conformidad con la normativa…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 61 quater

Podrán ser objeto de concierto social:

1. La reserva y la ocupación de plazas para uso exclusivo de las personas usuarias de servicios sociales, cuyo acceso sea reconocido por el órgano competente, de conformidad con la normativa aplicable en materia de acceso a los servicios del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.

2. La gestión integral de prestaciones técnicas, programas, servicios o centros, de conformidad con la normativa de desarrollo reglamentario.

Norma publicada: 22 de diciembre de 2009

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 61 quater

¿Qué dice el Artículo 61 quater del codigo?

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¿El Artículo 61 quater del codigo está vigente?

El artículo 61 quater del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 61 quater dentro del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 61 quater?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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